A caballo de la crisis política desatada en torno de la propuesta de recomposición por las tierras no cedidas de “La Soñada” aparece en el diario La Calle y es replicado por otros medios, una nota firmada por uno de los propietarios de los lotes ubicados dentro del “Rancho Doble S” donde asevera una serie de incorrecciones, y, atendiendo a que me nombra en su relato, voy a corregir lo expresado.
El autor de la nota dice que en mi carácter de Secretario de Gobierno “avalé” una ordenanza del año 2006 donde se autoriza el loteo “Rancho Doble S”.
Por Agustín Bordagaray
Lo primero que quiero expresar es que en el año 2006 yo no ejercía tal cargo.
Además, los secretarios del intendente no “avalan” nada, en todo caso refrendan una decisión del Presidente Municipal por mandato de la ley de Municipios de la Provincia.
En su afán de encontrar culpables, y tal vez, esconder otros, el firmante incurre en incorrecciones, manipulaciones de fecha y ocultamiento de datos que voy a esclarecer.
La ordenanza N° 8328 del 4 de diciembre del 2007 autoriza a modo de excepción la iniciativa Privada “Rancho Doble S”.
Para aclarar este primer punto hay que conocer lo siguiente:
El instituto de Iniciativa Privada está reglamentado por la legislación comunal y por el mismo cualquier vecino puede plantear un caso para que el Honorable Concejo Deliberante lo analice y resuelva al respecto. En este caso, esa iniciativa fue votada y aprobada por los concejales que integraban el HCD en el año 2007, y hasta donde sé, por unanimidad.
Aclaro, por si hace falta, yo nunca fui concejal, por ello espero que no me achaquen haber aprobado esa Ordenanza.
Lo que firma el intendente Schepens y que, en mi calidad de Secretario de Gobierno, junto a otros secretarios, refrendamos en cumplimiento de la normativa; previo informe de las áreas técnicas competentes es la resolución N° 33.419 del 13 de diciembre de 2013, o sea 6 años después de aquella Ordenanza.
En la resolución, lo que se autoriza al Agr. Politi Alberto a “realizar el proyecto de loteo perteneciente al “Barrio Privado” Fideicomiso “Rancho Doble S”.
Como se expresa claramente, en ningún momento los firmantes de esta resolución aprueban ningún loteo, lo que se autoriza es a realizar un proyecto de loteo, para cumplir con lo autorizado por la Ordenanza N° 8328.
En los siguientes artículos de esta resolución se establecen condiciones al loteador, que paso a enumerar:
- Dejar expresa constancia que se debe ceder determinada cantidad de tierra a la Municipalidad.
- Debe cumplir condiciones ambientales.
- Debe cumplir con todas las disposiciones administrativas.
- Debe presentar todos los planos correspondientes.
- Debe presentar un plan de obras, especificando las tareas y los plazos.
- Se agrega un expediente de factibilidad de ENERSA. O sea, ENERSA YA ESTABLECIA EN EL AÑO 2013 LA FACTIBILIDAD DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO.
- DEBE DEJAR ASENTADO EN EL REGLAMENTO DE COPROPIEDAD QUE LA MUNICIPALIDAD NO TIENE OBLIGACIONES NI RESPONSABILIDADES POR LOS INCONVENIENTES QUE DENTRO DEL BARRIO SE GENEREN A TERCEROS O POR TERCEROS.
- DEBE GARANTIZAR QUE LA LIMPIEZA Y LA ELIMINACION DE RESIDUOS DENTRO Y EN EL LIMITE PERIMETRAL DEL BARRIO, ES DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACION DEL BARRIO PRIVADO.
- Se debe cumplir los requisitos de Morfología edilicia, INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS y Morfología Vial que la normativa establece.
El artículo 9° de la resolución N° 33.419 establece que “Se deja constancia de que el permiso caducará en forma automática y sin necesidad de notificación previa de acuerdo a los plazos establecidos por la Ordenanza N 4527 art. 4.5.”
La última disposición establece “Dejase sin efectos la Resolución N° 31.797 de fecha 17 de Octubre de 2012 donde se aprobaba el mismo proyecto como loteo común.
Resumiendo, nunca avale ningún proyecto de este tenor.
Refrendé una resolución del DEM donde autorizamos la realización de un PROYECTO DE LOTEO.
Dispusimos una serie de requisitos y explicitamos la caducidad automática y sin aviso por incumplimiento.
Por último, dejamos sin efecto una resolución anterior donde este mismo pedido se autorizó pero como loteo común.
Un tema importante, y que el firmante de la nota expresa, es que no cuentan con luz con medidor propio. En el año 2013 ENERSA manifiesta su factibilidad de suministrar energía eléctrica. Por otra parte, se puede ver desde el exterior casas con piletas y de noche muy buena iluminación. La pregunta es ¿Cómo pagan la luz si no cuentan con medidores?
Otro interrogante es como si pagó una importante suma de dinero y además conoce la normativa, igualmente hizo el negocio. ¿Será que lo estafaron o que ahora quiere poner a la Municipalidad en medio de un negocio privado incumplido?
Aclarada mi actuación, quiero referirme a la pelea de “carpetazos” que siguen a la exposición del Vice intendente.
Sin duda esa postura deja al intendente en una posición muy incómoda porque se ve obligado a vetar un proyecto de ordenanza que él mismo envió.
Los concejales, para mí, rehenes de esta disputa, quedan pintados ya que aprobaron un proyecto que les elevó el titular del DEM y dos días después ponen el cuerpo en una conferencia donde el Intendente veta lo aprobado, reprochando la “falta de consenso social”, aunque los representantes del pueblo y de los dos bloques mayoritarios ya habían consensuado.
No tengo ninguna duda que este fallo político del Intendente es producto de un pésimo asesoramiento de los que desde las sombras le soplan al oído para fomentar una pelea política que les da sentido a estar en el lugar de “asesores” y que, a la hora de afrontar las consecuencias, vuelven a la oscuridad desde donde se manejan.
Son maniobras ya conocidas y que no tienen más lugar en la política moderna. Vienen con un manual viejo y conocido.
Queda en manos de Oliva seguir sosteniendo a esos carroñeros.
Solo me animo a sugerirle al Intendente y al Vice intendente, que limen sus asperezas en aras de un porvenir para el partido que los llevó a esos cargos, ya que su “pelea de novios” si se prolonga en el tiempo, puede que termine re encontrándolos, pero van a dejar todo el resto de la familia enemistada.