Pregunto si para el intendente de la ciudad el municipal que se acoge al benéfico de la jubilación es irremplazable y lo quiere mantener no tendría que haberle pedido que suspenda su jubilación hasta que deje de ejercer la función.
Que validez institucional tienen sus firmas si es que lo hace, no obstante esto hay muchas maneras que siga ejerciendo desde atrás o desde otro cargo en la misma dependencia, solo que si queremos mostrar un municipio ejemplo todas sus acciones deben serlas, me he comunicado con él nuevo jubilado, lo he invitado al programa y solo recibí que el mensaje fue leído y con el Secretario de Gobierno y este me respondió es y seguirá siendo Secretario, en el decreto dice a partir del 31 de octubre se acepta la renuncia, por acceder a su merecida Jubilación.
Está todo bien que el intendente le quiera dar una mano a lo mejor su sueldo es de extrema indigencia, pregunto si no hubo forma jurídica que deje al cubierto al intendente y al propio Jubilado.
Juan Carlos Botta – El Disparador Uruguay – com ar